Convocatoria a Asamblea de Cooperativa Eléctrica La Dulce

Invitación a asociados a participar

La Cooperativa Eléctrica Ltda. de La Dulce convoca a asociados a participar de su Asamblea Anual.

De conformidad con lo establecido estatutariamente y por disposiciones legales, el Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica Limitada de La Dulce convoca a los Señores Asociados a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA que se realizará el 29 de Agosto de 2025 a las 19:30 en el Salón de fiestas de La Dulce Cooperativa de Seguros Ltda, ubicado en calle 29 N° 135 de esta localidad para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1º) Designación de dos asociados para que conjuntamente con el Presidente y el Secretario firmen el Acta de la Asamblea.

2º) Consideración de la Memoria, Balance General, Estado de Resultados e Informe del auditor e informe del Síndico correspondiente al 72° ejercicio cerrado al 30 de Abril de 2025.

3º) Consideración del destino del ajuste de capital del ejercicio

4°) Informe de la gestión desarrollada por el Consejo de Administración durante el ejercicio.

5º) Informe de lo recaudado en concepto de cuota capital del servicio eléctrico.

6º) Elección de una Junta Escrutadora compuesta de tres asociados presentes.

7°) Designación de Síndico titular y suplente por el término de un año en reemplazo de los Señores Mario Daniel Gallo y Nicolás Enrique Mattía, por terminación de sus mandatos.

8°) Elección de tres miembros titulares por el término de tres años en reemplazo de los Sres. Marcelo Javier Betz, Walter Raul Vieyra y Raul Gregorio López por terminación de sus mandatos y elección de tres miembros suplentes por el término de un año en reemplazo de los Sres. Cristian Adrian Perez, Claudio Esteban Rocco y Emiliano Eduardo Raul Basabe por terminación de sus mandatos.

NICANOR OLIVERA (Est. La Dulce), 08 de Julio de 2025.

 

WALTER RAUL VIEYRA                                                                       JUAN CRUZ QUIÑONES

SECRETARIO                                                                                                        PRESIDENTE

 

DE LOS ESTATUTOS: Art. 32° “Las Asambleas se realizarán válidamente sea cual fuere el número de asistentes, una hora después de la fijada en la Convocatoria, si antes no se hubiera reunido la mitad más uno de los asociados.

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